Enviar paquete con la empresa de paquetería DACHSER
DACHSER es un Operador Logístico Integral e Internacional de primera magnitud, líder en la Península Ibérica e Islas y con cobertura total en Europa, capaz de prestar servicios a sus clientes en toda la cadena de suministro, con amplio rango de servicios en diferentes sectores de actividad, tanto para el transporte y distribución como en operaciones de externalización logística, para toda la cadena de suministro, desde el origen mismo de las mercancías en cualquier parte del mundo hasta la última milla de la distribución final por carretera en Europa.
CRecursos Humanos
5.000 profesionales contribuyen día a día a convertir a nuestra Compañía en el Operador Logístico Integral
líder de su sector en España y Portugal.
Azkar apuesta por el desarrollo profesional y progreso de sus empleados, y se preocupa del constante
crecimiento profesional de su plantilla a través de planes de desarrollo personalizados.
Recursos Materiales
- 56 centros de distribución, 27 plataformas logísticas, 5 plataformas overland,
2 plataformas FTL y 1 plataforma ACL en España y Portugal.
- Oficinas propias en Shangai (China) y Nueva Delhi (India).
- 1.062.322 m2, de los cuales 519.209 m2 son ocupados por naves.
- 2.659 Vehículos: 682 camiones de ruta, 440 vehículos FTL y 1.537 camiones de recogida y reparto.
Esta red le permite a la compañía ser líder en distribución capilar, con 350 rutas diarias y directas
en los más de 11.000 municipios de España y Portugal.
Terminos y condiciones de DACHSER
Características del servicio ofrecido por DACHSER
-
Servicio:
DACHSER Intelligent Logistics , servicio de recogida y entrega puerta a puerta -
Ámbito:
Territorio Nacional e Internacional -
Plazos de entrega:
En tiempos de 24 o 48 horas , según libro de servicios DACHSER Peninsula
Resto de servicios en base al cuaderno de servicios de DACHSER -
Restricciones de aceptación:
En Cm, la medida máxima hasta 150 cm.
Peso máximo por paquete hasta 40 Kg. -
Otras características:
Revisar condiciones y términos generales de servicio DACHSER
CONDICIONES GENERALES SERVICIO DACHSER
1. LEGISLACIÓN
Será de aplicación complementaria y subsidiaria a las presentes condiciones, la Ley16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres y demás disposiciones en vigor que la desarrollen.
Las partes se someten expresamente a la jurisdicción de las Juntas Arbitrales, según lo previsto en la legislación vigente.
La utilización del servicio implica la aceptación de las presentes condiciones, cuyo desconocimiento por el cliente no exime de su cumplimiento.
2. PRECIOS
Se calculará el importe correspondiente a la expedición según su peso y destino, de acuerdo con las tablas de baremos. El importe a pagar habrá de ser en todo caso superior al correspondiente a la fracción anterior en kilos.
Los clientes sin código de facturación, habrán de abonar la cantidad de 1,50 Euros por expedición en concepto de cargos de recogida.
Cuando el domicilio del consignatario esté radicado fuera del término municipal de un destino directo* se aplicará el recargo correspondiente según el baremo de reexpedición.
A partir de 1.000 Kg. el importe será el resultado de multiplicar el peso por los euros/Kg, correspondientes, que figuran en la tarifa.
* Destino Directo: Término Municipal donde está radicado el Centro de Distribución Azkar y la capital de provincia.
3. VOLUMEN
Se aplicará un volumen de 250 kilos/m3.
4. IMPUESTOS
Los precios reflejados en la tarifa no incluyen el impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y otros tributos que puedan gravar el servicio.
5. RESPONSABILIDAD Y SEGURO
La veracidad y la exactitud de los datos relativos a la descripción de la mercancía objeto del transporte, el nombre o razón social y domicilio del remitente y del consignatario son responsabilidad del cliente. La mercancía se transporta a riesgo y ventura del cliente. En consecuencia, serán por cuenta del mismo el daño o menoscabo que experimente la mercancía durante el transporte y hasta la entrega al consignatario, por caso fortuito, fuerza mayor o vicio propio de las cosas. 5.1. RESPONSABILIDAD GENERAL DEL TRANSPORTISTA La responsabilidad de Azkar, sus empleados y representantes, así como los transportistas, agentes y el personal que intervenga en la prestación del servicio convenido, por el perjuicio derivado del daño o extravío de la mercancía transportada, está limitada a la cantidad máxima señalada por la Ley 15/2009 de 11 de noviembre del contrato de transporte terrestre de mercancías, pudiendo suscribirse por el cliente un seguro complementario que cubra el perjuicio derivado del daño o extravío de la mercancía transportada hasta el valor declarado de la misma. 5.2. PLAZO DE RECLAMACIÓN De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, la reclamación por pérdida o avería de las mercancías transportadas deberá hacerse siempre por escrito, describiendo la pérdida o avería, en el momento de la entrega de las mercancías al consignatario. Se exceptúan únicamente aquellos casos en que la pérdida o avería no sea evidente en el momento de la entrega, en cuyo caso la reclamación deberá formalizarse dentro del plazo máximo de los 7 días naturales siguientes a la entrega. En todo caso, y a efectos de las oportunas comprobaciones o peritaciones de las faltas o averías, los bultos deberán conservarse a disposición del transportista junto con su embalaje original. El retraso sólo dará lugar a indemnización cuando se hayan dirigido reservas escritas al porteador en el plazo de 21 días desde el siguiente al de la entrega de las mercancías al destinatario. Transcurridos los términos expresados, se presumirá salvo prueba suficiente en contrario, que las mercancías se entregaron a plena conformidad del consignatario.
5. Derecho de inspección.
GLS o cualquier autoridad gubernamental, incluyendo aduanas, podrá abrir e inspeccionar un envío en cualquier momento.
6. MERCANCÍAS EXCLUIDAS/RESERVADAS
Azkar se reserva la facultad de no admitir una expedición por no cumplir los requisitos de acondicionamiento, embalaje o identificación que la hagan apta para el transporte. Si pese al rechazo se insiste en el envío y este se llevase a cabo, Azkar quedará exonerada de toda responsabilidad haciendo constar su reserva en el documento que acredite la recepción de la mercancía para el transporte. Las mercancías con longitud superior a 2,40 metros tendrán un recargo mínimo del 30% del precio de venta en tarifa. Maquinaria y mercancías especiales, recargo a convenir.
7. CONDICIONES DE RECOGIDA Y ENTREGA
La recogida y/o entrega de la mercancía se realizará en el domicilio del remitente/consignatario, en planta baja, siendo por cuenta del cliente cualquier medio adicional. La no entrega por ausencia del consignatario, dirección incorrecta o incompleta del mismo, incluso por no indicación del código postal, el rehúse de la mercancía, no aceptación del pago del servicio por el consignatario u otras circunstancias ajenas a la voluntad de Azkar, serán responsabilidad del remitente.
8. DEVOLUCIÓN DE ALBARÁN FIRMADO
El precio del servicio de devolución del albarán firmado es de 2,00 Euros por albarán
9. REEMBOLSOS
El servicio de reembolso devengará una comisión del 5% de la cantidad a cobrar, con una percepción mínima de 5 Euros y máxima de 150 Euros por expedición.
10. ENVIOS A CANARIAS
Son de aplicación todas las condiciones de transporte señaladas como "Condiciones Generales" en esta tarifa. Además deberán aplicarse las siguientes:
▪ En la tarifa no se incluyen los importes de los Despachos de Aduana, I.G.I.C. y otros Arbitrios Insulares.
▪ El Despacho de Aduanas en Canarias, así como los Arbitrios del Cabildo Insular y otros impuestos Insulares, serán por cuenta del consignatario y deberán ser satisfechos a la entrega de la mercancía.
▪ Los gastos de Despacho de Aduana en la península correrán a cargo del remitente, debiéndose pagar por el concepto: 18,00 Euros/Despacho.
▪ Los envíos a Canarias serán asegurados hasta el valor declarado en factura de la mercancía, aplicando una prima del 0,9% de dicho valor.
11. CONDICIONES ESPECIALES PARA EL SERVICIO AZKAR PREMIUM CANARIAS (AÉREO)
▪ Volumen aplicable 165 Kg/m3.
▪ No se aceptarán las siguientes mercancías: nieve carbónica, productos radio activos, gases, líquidos, combustibles, sustancias infecciosas, venenos, productos magnéticos y corrosivos, animales vivos, pieles de animales salvajes (cites), armas o sus piezas.
▪ La tarifa para la emisión del conocimiento aéreo es de 8 Euros por expedición.
▪ El tamaño máximo autorizado del bulto será de: 114x86x160cm. (largo x ancho x alto).
12. REQUISITOS DOCUMENTALES PARA DESTINOS CONGESTIÓN DE ADUANAS
Para poder efectuar un envió a Canarias, Andorra, Ceuta, Melilla, Suiza y Noruega es necesario acompañar a la mercancía una factura de exportación que deberá cumplir los siguientes términos:
12.1. ENVÍOS COMERCIALES
Factura comercial original y 3 copias (sin IVA en los envíos a Canarias), firmada y sellada, con el nº de factura y en la que consten los siguientes datos:
▪ Datos del exportador, Nombre, dirección, NIF y teléfono.
▪ Datos del consignatario, Nombre, dirección, NIF y teléfono.
▪ Descripción detallada de la mercancía, haciendo constar su valor unitario y valor total, todo ello en euros.
▪ Cuando se trate de productos mezclados deberá figurar la composición, (por ejemplo, cuando se trata de confección: 50% Algodón, 50% Polyamida).
▪ Deberán figurar las condiciones de venta y la forma de pago, por ejemplo: venta en firme y letra a 30 días, etc.
▪ Se deberán indicar las unidades estadísticas de la mercancía, por ejemplo: pares de zapatos, número de pantalones, etc.
▪ Número de bultos, peso neto y peso bruto, así como las dimensiones de los bultos.
▪ Condiciones de entrega: CIF o FOB.
12.2. ENVÍOS NO COMERCIALES (NO DESTINADOS A LA VENTA)
Para estos envíos se deberá adjuntar un escrito firmado y sellado y 3 copias en las que se haga constar los mismos datos de los apartados anteriores y además un valor a efectos estadísticos o aduaneros.
12.3. ENVÍOS PARTICULARES
Declaración firmada en la que conste:
▪ Nombre, dirección y DNI del remitente, adjuntándose una fotocopia del DNI.
▪ Nombre, dirección, DNI y teléfono del consignatario, adjuntándose una fotocopia del DNI.
▪ Descripción detallada de la mercancía y su valor aproximado a efectos estadísticos o aduaneros.
CONDICIONES ESPECIALES PARA EL SERVICIO INTERNACIONAL DACHSER
El Servicio Internacional se regirá por las siguientes Condiciones Especiales. En los supuestos no regulados expresamente en estas "Condiciones especiales", serán de aplicación, de forma subsidiaria, todas las condiciones de transporte señaladas como "Condiciones Generales".
1. LEGISLACIÓN
Será de aplicación complementaria y subsidiaria a las presentes condiciones, el Convenio Internacional CMR de 17 de mayo 1956 (BOE num.109, 7de mayo de 1974) y demás disposiciones en vigor que la desarrollen.
2. ADUANAS
En la tarifa no se incluyen los importes de los Despachos de Aduana y otros Arbitrios.
El Despacho de Aduanas en el país de destino y otros impuestos serán por cuenta del consignatario y deberán ser satisfechos a la entrega de la mercancía.
Los gastos de Despacho de Aduana en España/Portugal correrán a cargo del remitente, debiéndose pagar por tal concepto 35 Euros.
3. RESPONSABILIDAD GENERAL
La responsabilidad de Azkar, sus empleados y representantes, así como de los transportistas, agentes y el personal que intervenga en la prestación del servicio convenido, por el perjuicio derivado del daño o extravío de la mercancía transportada, está limitada a tenor del propio servicio a la cantidad máxima establecida en el convenio CMR, pudiendo suscribirse por el cliente seguro suplementario que cubra el perjuicio derivado del daño o extravío de la mercancía transportada hasta el valor declarado de la misma.
4. REEMBOLSOS
El precio del servicio de reembolso, que incluye únicamente los gastos de gestión de cobro de la mercancía, será de un 5 % sobre el valor el reembolso, con un mínimo de 20 Euros, a incrementar sobre la tarifa aplicable.
En el supuesto que el pago del reembolso se realice mediante cheques u otros efectos mercantiles librados o endosados por el destinatario, la Agencia de Transportes no asumirá ningún tipo de responsabilidad sobre el buen fin de los efectos que le hayan sido entregados, no haciéndose responsable, por tanto, en caso de fraude, devolución de los efectos o impago de los mismos por cualquier otra causa.
El valor declarado a efectos de reembolso no implicará en ningún caso declaración de valor a efectos indemnizatorios o de seguro, salvo que así se hubiera hecho constar expresamente por el remitente.
5. PLAZO DE RECLAMACIÓN
De conformidad con lo establecido en la Legislación Vigente, las reclamaciones se realizarán por escrito y habrán de formularse:
-Daños aparentes en la mercancía, en el momento de la entrega.
-Daños ocultos, en los 7 días siguientes a la entrega.
-Retraso en la entrega, habrá de dirigirse reserva por escrito en el plazo de 21 días desde la entrega de la mercancía al destinatario.
La prescripción de las acciones es al año, salvo para el caso de dolo que es de tres años.
6. DIMENSIONES ACEPTADAS
Dimensiones máximas: 1,2m x 1,2m x 1,8m
Peso máximo por palet: 900 Kg
7. REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EL TRANSPORTE
Para poder efectuar un envío a Suiza y Noruega es necesario acompañara la mercancía de la documentación aduanera necesaria:
7.1. Envíos comerciales
Factura comercial original y 3 copias, firmada y sellada, con el nº de factura y en la que consten los siguientes datos:
▪ Datos del exportador, nombre, dirección, NIF y teléfono
▪ Datos del consignatario, nombre, dirección, NIF y teléfono
▪ Fecha.
▪ Origen de la mercancía.
▪ Descripción detallada de la mercancía, haciendo constar su valor unitario y valor total, todo ello en euros.
▪ Cuando se trate de productos mezclados deberá figurar la composición, por ejemplo, cuando se trata de confección: 50% algodón, 50% polyamida.
▪ Deberán figurar las condiciones de venta y la forma de pago, por ejemplo: venta en firme y letra a 30 días, etc.
▪ Se deberán indicar las unidades estadísticas de la mercancía, por ejemplo: pares de zapatos, número de pantalones, etc.
▪ Número de bultos, peso neto y peso bruto, así como las dimensiones de los bultos.
▪ Condiciones de entrega (Incoterm).
7.2. Envíos no comerciales (no destinados a la venta)
Para estos envíos se deberá adjuntar un escrito firmado y sellado y 3 copias en los que se haga constar los mismos datos de los apartados anteriores y además un valor a efectos estadísticos o aduaneros.
7.3. Envíos particulares
Declaración firmada en la que conste:
▪ Nombre, dirección y DNI del remitente, adjuntándose una fotocopia del DNI.
▪ Nombre, dirección, DNI y teléfono del consignatario, adjuntándose una fotocopia del DNI.
▪ Descripción detallada de la mercancía y su valor aproximado a efectos estadísticos o aduaneros.