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Seguros

 

¿Cuál es el monto total del seguro incluido en cualquier envío?

Todos los envíos, viajan amparados bajo la responsabilidad de la LOTT en envíos nacionales (Ley Orgánica de Transporte Terrestre) o el CMR (para los tráficos internacionales Contract Mercantil Road).
Te recomendamos, pero, comprobar antes el listado de mercancías prohibidas o aquellas excluidas según la empresa proveedora, ya que estas no están amparadas por el seguro obligatorio.

 

Nuestro seguro Clickline

En Clickline queremos ofrecerte una cobertura totalmente diferente a la que estás acostumbrado para tus envíos. Somos muy conscientes de que cada envío que realizas es importante para ti. Es por eso que te ofrecemos la siguiente cobertura.

Tu envío viaja cubierto por 50€, o sea, en el supuesto caso de que el transportista perdiese, extraviase o no pudiese darnos la localización de tu envío, en un plazo de 10 días hábiles, desde la fecha prevista de la entrega del mismo y, lógicamente habiendo constatado que el envío ha entrado en la red de distribución de nuestro transportista, Clickline.com te reembolsará 50€ (siempre que el envío no se recupere o se localice en este espacio de tiempo).

Enviar un correo electrónico aseguimiento@clickline.com Indicando la siguiente información:

  • Remitente (datos completos incluyendo origen del envío)
  • Remitente (datos completos incluyendo origen del envío)
  • Fecha del envío.
  • Transportista elegido en su momento para realizar el envío
  • Destinatario (datos completos incluyendo destino del envío)
  • Sistema de pago mediante el cual realizaste el envío.
  • Número de referencia Clickline que encontrarás en tu confirmación de compra.
  • Contenido de la mercancía (importante recordar que el contenido de la mercancía se ha de ajustar a la legislación y restricciones de los transportistas elegidos)

Una vez recibida esta información, nuestro departamento de seguimiento realizará las gestiones oportunas para su resolución.

 

Mercancía no transportable

Recuerda que las compañías de transporte no pueden transportar una serie de mercancías por estar prohibidas por ley. Estas mercancías son las siguientes:

Mercancía recogida como ADR, incluidas las consideradas LQ (cantidades limitadas) como por ejemplo aerosoles, sprays, mecheros, pinturas, baterías, barnices etc.

Del mismo modo se considerará como Artículo Prohibido cualquier mercancía embalada con distintivos ADR con independencia de su contenido real, pues se ven sujetas a las mismas sanciones administrativas que si de ellas se tratasen.

También están prohibidos los siguientes productos:

  • Animales, vivos o muertos
  • Muestras biológicas/ Restos humanos
  • Armas / Escopetas de aire comprimido / Pistolas / Rifles / Réplicas de Armas / Munición.
  • Artículos prohibidos o restringidos por ICAO - Organización Internacional de Aviación Civil.
  • Artículos robados, o cualquier otro de carácter ilegal bien sea en el país de origen o de destino.
  • Dinero (incluido talones al portador) / Pagarés/ Moneda / Moneda falsa / Moneda de Colección / Cheques / Divisas / Acciones.
  • Sellos (salvo los que estén franqueados) sin considerarse de colección o antigüedad.
  • Medicamentos (incluidos con prescripción)
  • Obras de Arte, Joyas, piedras preciosas o metales preciosos.
  • Mercancías perecederas (fecha de caducidad inferior a 7 días y/o cualquiera que precise unas condiciones específicas de temperatura para su transporte o almacenaje)
  • Pasaportes / Carnets.
  • Y, en general cualquier mercancía sujeta a restricción por las normas vigentes para cualquier modo de transporte

Para aquellos casos en los que la naturaleza legal de la actividad del cliente contemple que las características del envío se correspondan con objetos inaceptables o prohibidos, las condiciones del transporte deberán estar reflejadas de manera particular en un contrato aplicable a tal efecto.

En el supuesto de que EL REMITENTE entregara a LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE un envío inaceptable o prohibido, se compromete a indemnizarla de los daños y perjuicios que sufra, así como a responder ante CLICKLINE, por las sanciones y gastos que deba afrontar ésta, debiendo abonar o reintegrar EL REMITENTE, según el caso, los importes de las multas y demás sanciones dinerarias impuestas a LA COMPAÑÍA, así como los honorarios de abogados y procuradores incurridos y las todas las costas judiciales.

 

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